Brilla fue creada en el 2007 como una alternativa de Financiación No Bancaria, a través de la cual los usuarios de Gases del Caribe S.A. E.S.P. tienen la oportunidad de acceder a un cupo de crédito para adquirir materiales de construcción, electrodomésticos, gasodomésticos, muebles, colchones, celulares, tecnología, audio, video, motos, matrículas educativas, entre otros.
En Gases del Caribe estamos comprometidos en ayudar a mejorar la calidad de vida de nuestros usuarios y contribuir en su progreso, ofreciendo el cupo aprobado Brilla en los departamentos del Atlántico, Magdalena y Cesar para que los usuarios puedan adquirir productos o servicios y pagarlos fácilmente a través de su factura de gas.
Brilla es un cupo de crédito aprobado que Gases del Caribe otorga a sus usuarios con buen comportamiento de pago del servicio de gas, que aparece en la factura, para financiar bienes y servicios que le ayuden a progresar y a mejorar su calidad de vida.
* Es un cupo de crédito aprobado y rotativo.
* Se actualiza automáticamente en línea.
* Sin cuota de manejo.
* Ofrece un plazo máximo de financiación de hasta 60 meses.
* Las cuotas del crédito se pagan en la factura de gas.
* Se pueden realizar pagos parciales o totales de los créditos sin sanciones.
* Un propietario de varios inmuebles puede realizar la unión de hasta tres cupos disponibles.
* El cupo aprobado se puede agrandar hasta $8.000.000 millones para financiar los productos y servicios de todas las líneas de credito autorizadas, excepto para Educación. Conoce como agrandar tu cupo.
En Brilla no se realiza estudio de crédito, tu cupo de crédito se encuentra aprobado. Puedes consultar tu cupo disponible en Consulta tu cupo.
Es la persona o empresa cuyo nombre aparece en la factura de Gases del Caribe, no necesariamente es el propietario del inmueble.
Presentar una solicitud de cambio de nombre en las oficinas de Atención al Cliente de Gases del Caribe o en el Portal Gascaribe anexando los siguientes documentos:
- Copia del Certificado de Libertad y Tradición del inmueble con vigencia no mayor a 30 días, o de la Escritura Pública del inmueble.
- Fotocopia de tu cédula de ciudadanía.
- Una factura original del servicio de gas.
El cupo Brilla no se pierde si tienes 1 año o más como propietario del inmueble y lo demuestras con el Certificado de Tradición y Libertad del inmueble. Para los inmuebles de estrato 1 y 2 se puede presentar una Declaración Juramentada.
Persona natural mayor de 18 años, que adquiere un crédito Brilla, puede ser el titular de la factura de Gases del Caribe o no.
Persona natural mayor de 18 años y menor de 76 años, que tiene los mismos derechos y deberes que el deudor de un crédito Brilla.
Sí, puedes utilizar el Cupo Aprobado Brilla del inmueble donde residas, presentando un codeudor con cupo Brilla que sea titular de la factura de Gases del Caribe de su vivienda, mayor a 18 años y menor de 76 años.
Sí, puedes utilizar tu Cupo Aprobado Brilla presentado un codeudor con cupo Brilla que sea titular de la factura de Gases del Caribe de su vivienda, mayor a 18 años y menor de 76 años.
Si no cuentas con un codeudor que cumpla los requisitos solicitados, puedes utilizar tu cupo Brilla garantizando el pago de tu crédito por medio de una garantía de Fianza contratada con una empresa afianzadora que asegure el cumplimiento de tu obligación.
El Deudor podrá, cuando así lo considere, garantizar el pago del Crédito Brilla por medio de una Fianza. Los términos y condiciones que regulen la garantía de Fianza serán negociados y pactados de mutuo acuerdo en un contrato de Fianza suscrito entre el Deudor y el Fiador que éste elija; el Deudor tendrá la libertad y autonomía para definir la compañía que servirá de Fiador, la cual deberá como mínimo (i) contar con un patrimonio líquido (disponible) igual o mayor al monto adeudado y cuyo pago será garantizado por medio de un contrato de Fianza, y (ii) tener un buen historial crediticio. El precio convenido para constituir la Fianza será definido por mutuo acuerdo entre el Deudor y el Fiador.
En caso de que el Deudor defina voluntariamente como Fiador a la COMPAÑÍA INTERAMERICANA DE FIANZAS S.A. (AFIANCOL COLOMBIA S.A.), quien tiene un contrato suscrito con GASES DEL CARIBE S.A. E.S.P. (EL ACREEDOR), el precio de la Fianza deberá ser cancelado en el número de cuotas pactadas en la solicitud del Crédito Brilla, las cuales han sido establecidas de mutuo acuerdo entre el Deudor y EL ACREEDOR, y se fijará de conformidad con la tasa vigente de Fianza para dicho plazo al momento de realizar el crédito. Así, el precio de la Fianza será equivalente a: (Tasa vigente de Fianza x Valor financiado) / Número de cuotas pactadas.
Las tasas son las siguientes:
Plazo del Crédito (en meses) | Tasa Afianzamiento sin IVA | Tasa Afianzamiento con IVA |
---|---|---|
Hasta 6 | 3,60% | 4,28% |
Hasta 12 | 7,00% | 8,33% |
Hasta 24 | 10,50% | 12,50% |
Hasta 36 | 14,00% | 16,66% |
Hasta 48 | 17,50% | 20,83% |
Hasta 60 | 20,90% | 24,87% |
Para resolver cualquier inquietud te puedes comunicar a la línea de Atención al Cliente (605) 322 7000, ingresar al Chat del Portal Gascaribe o acercarte a las oficinas de Atención al Cliente de Gases del Caribe.